La Promesa del Contralor

El Congreso explícitamente decidió que la Junta de Supervisión Fiscal que establece Promesa fuera una entidad local del Gobierno de Puerto Rico para evitar asumir cualquiera responsabilidad directa sobre las finanzas de Puerto Rico. La Ley Promesa no exime o impide al Contralor de Puerto Rico de ejercer su responsabilidad fiduciaria de velar por el buen uso de nuestros fondos públicos. La Ley explícitamente establece que el Secretario de Justicia no es el asesor legal de la Junta, no hay ninguna aseveración similar para el Contralor.  La pregunta clave a contestar es si la intervención rutinaria del Contralor se interpreta como un obstáculo para que la Junta cumpla con el mandato que le impone el Congreso a la Junta. Una respuesta afirmativa a este planteamiento sería el único argumento válido para que la Junta intérprete que el Contralor no tiene jurisdicción. Mi opinión es que el hecho de que la Junta va a gastar al menos $350 millones en los próximos cinco años es imperativo que un ente local independiente vele y audite el uso de esos fondos. En estos casos es mejor precaver que tener que remediar. El mero hecho que la Junta implique que el Contralor no tiene jurisdicción crea sospechas innecesarias. Exhorto a la honorable Yesmín Valdivieso que se exprese sobre esto a la mayor brevedad posible.